¿QUÉ ES UN PROINDIVISO?
Cuando se utiliza el término “proindiviso” estamos haciendo referencia a la expresión jurídica que se refiere al derecho que varias personas tienen sobre un mismo bien. Este término tiene múltiples acepciones, por lo que se puede conocer también como condominio, copropiedad o comunidad de bienes. Por ello, vemos que la principal característica de este régimen legal es, que la persona que ostenta el derecho de propiedad sobre ese bien no tiene la totalidad de la titularidad, sino que la tiene sólo parcialmente.
Esta figura jurídica es muy común en una herencia, en la cual el bien constituye un proindiviso entre los herederos, o en un divorcio en el cual se genera un proindiviso sobre el domicilio familiar, por cuanto los cónyuges lo adquirieron como parte de sus bienes gananciales, o cuando varios familiares acuerdan la compra de una vivienda (por nombrar los ejemplos más habituales). La copropiedad no se concreta en una parte exacta de la vivienda adquirida, sino en la cuota abstracta que le corresponde a cada uno por la adquisición del bien.
Los copropietarios de un bien proindiviso tienen derechos y obligaciones con respecto a participar en los beneficios y en las cargas del bien común, en proporción a sus cuotas, entre los que podemos resumir los siguientes:
- Poseen el uso y disfrute del bien;
- Tiene la administración sobre el bien común;
- Representan una porción o cuota del mismo;
- Pueden obligar a los demás copropietarios a participar en los gastos de conservación;
- Pueden disolver o dividir el proindiviso.
En este mismo orden de ideas, es importante mencionar que existen dos figuras jurídicas que hay que resaltar, como es el caso de la nuda propiedad y el usufructo. En el primer caso supone la posesión del bien sin uso y disfrute, mientras que el usufructo implica solamente el uso y disfrute, sin la posesión.
Por lo general cuando se compra un bien, se adquiere el pleno dominio sobre él, pero también se puede adquirir la nuda propiedad de la vivienda (sin uso y disfrute) y dejar el usufructo (uso y disfrute de la vivienda) a un tercero. A los fines de ilustrar esta situación, podemos citar un ejemplo muy frecuente en algunas familias, como es el caso de dos hermanos que compran una vivienda y les atribuyen el usufructo a sus padres. En este caso existe proindiviso entre los hermanos en su condición de nudos propietarios, por un lado, y entre los padres como usufructuarios, por otro.
El proindiviso desde tiempos remotos se ha convertido en una fuente de problemas, principalmente porque el objeto del proindiviso es indivisible, aunado a que en algunos casos es producto de herencias, divorcios o situaciones en las cuales ponerse de acuerdo no constituye un aspecto fácil entre los copropietarios, razón por la que extinguir o disolver el proindiviso amerita asesoría legal y acciones judiciales.
Por lo que si eres cotitular de bienes en proindiviso y estás buscando asesoramiento porque desea poner fin a esa indivisión y extinguir el proindiviso, somos especialistas en la materia. Siempre es conveniente consultar si existen dudas o si quieres ampliar más tus conocimientos, por la importancia que tiene hacer valer tus derechos oportunamente y salvaguardar tu patrimonio y el de tu familia.
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